martes, 10 de mayo de 2011

Caso práctico semana 10: La ley Sinde


La llamada ley Sinde es una disposición adicional a la Ley de Economía Sostenible (Ley 2/2001 del 4 de Marzo), y cuyo objetivo es la regularización legislativa de las descargas de contenidos culturales en internet. La ley fue aprobada el 15 de febrero, publicada en el BOE el 5 de marzo y en vigor desde el pasado 6 de marzo. Su propio funcionamiento, la cuestión de su inclusión en una ley más amplia y las presiones de la industria han sido algunos de los aspectos más controvertidos, además del contenido de la propia disposición, que permite que los sitios web que faciliten la descarga gratuita y sin permisos de películas puedan ser perseguidos para su cierre. También los que permitan o faciliten enlaces descargas de videojuegos o música sin pagar derechos de autor.


Las noticias relacionadas con la piratería no han dejado de sucederse durante los meses en que el debate en torno a la disposición han copado titulares en prensa, televisión y, sobre todo, en internet. Esto ha dado lugar a una auténtica guerra por la opinión pública que parece haberse saldado con el rechazo de la mayor parte de la ciudadanía.

Dada la gran cantidad de información que se ha publicado relacionada con el tema y especialmente sobre las posturas de quienes están a favor y en contra de la ley, voy a acompañar las siguientes líneas de enlaces a algunos de los argumentos más citados. Por ejemplo, el diario La Información elaboró un especial sobre el tema muy interesante en el que daba cabida a distintas voces a favor y en contra.

Apoyos a la ley Sinde
Entre quienes apoyan la ley Sinde encontramos diversas figuras del panorama cultural español, como Alejandro Sanz, Fernando Trueba o Eduardo Noriega. Más de 150 escritores, entre ellos Almudena Grandes, Rosa Montero, Juan José Millás, Ángeles Caso, Elvira Lindo, Fernando Savater y Enrique Vila Matas, han firmado un manifiesto en favor de los derechos de autor ante el “saqueo que se está produciendo desde hace años en los productos digitales”.

En la parte de la industria tenemos a La Coalición de Creadores, que representa a la industria cultural y a las sociedades de gestión y está formada por entidades como la Sociedad General de Autores (SGAE), la Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA) y la asociación de Productores de Música de España, (Promusicae).

Estos son algunos de los argumentos a favor citados más frecuentemente:

  • Descargar contenido protegido por derecho de autor sin su consentimiento es ilegal porque así lo dice la Ley de Propiedad Intelectual. Este comportamiento no es delito porque no encaja dentro de lo establecido en el Código Penal, que exige que la conducta tenga ánimo de lucro, ya que tampoco es la intención del parlamento que una conducta como esta se castigue con cárcel. Pero sí es un ilícito civil.
  • La Ley Sinde incorpora la participación de un juez en diferentes momentos del procedimiento estableciendo un sistema con garantías suficientes para alejar el peligro de la censura.

Contrarios a la ley Sinde

Los partidos políticos que han manifestado una postura claramente contraria son Izquierda Unida, Unión Progreso y Democracia (UPyD), Ciudadanos (Partido de la Ciudadanía) y el Partido Pirata. También se han pronunciado claramente en contra Facua y 20minutos, siendo éste último el único medio español en hacerlo. Además, se han puesto en marcha campañas en contra de la ley y recogida de firmas.

Algunas de las voces que han adquirido mayor protagonismo en torno a este debate han sido Juan Gómez Jurado, Enrique Dans, Antonio Delgado, David Bravo, David Maeztu o el blog Alt1040 de Hipertextual. Según Enrique Dans “el drama de esta ley es que, en realidad, las descargas pueden continuar sin necesidad de repositorios de enlaces, debido a la evolución de los protocolos P2P. La actividad de intercambio es completamente imparable, y las paginas de descarga únicamente ofrecen repositorios de enlaces para hacer la tarea más sencilla, como lo haría cualquier buscador.” El abogado sevillano especializado en derecho informático y propiedad intelectual, David Bravo, siempre ha defendido tanto en términos legales como en discursos accesibles para todos el derecho a compartir cultura y conocimiento. Lleva años tratando y publicando en su página web personal casos de denuncias a usuarios y responsables de páginas dónde había enlaces a archivos que los propios usuarios compartían.

Estos son algunos de los argumentos en contra citados más frecuentemente:

  • La Justicia española ya cuenta a día de hoy con herramientas suficientes para luchar contra los que se salten derechos de propiedad intelectual.
  • Si la normativa se aprueba, supondrá un agravio comparativo con otros sectores industriales y los propios ciudadanos. ¿Por qué la industria cultural tiene que tener “juicios rápidos” y el resto no?
  • Los ciudadanos no somos los culpables de que un sector se esté muriendo por el avance tecnológico. Ha pasado lo mismo en innumerables ocasiones a lo largo de la historia y en ninguna se impulsó su supervivencia a base de leyes.
  • El proceso puede utilizarse contra cualquier sitio de la red que los demandantes consideren está violando derechos de propiedad intelectual, lo que deja la puerta abierta a la censura.
  • El intercambio de archivos o enlaces en sitios para facilitar el intercambio de los mismos no es delito en España. La ley está dando por supuesto que lo anterior es un delito al establecer una comisión para investigarlo.
  • La normativa choca o vulnera varios artículos de la Constitución (20, 24.2)

La postura legislativa más adecuada

Siendo éste un tema complejo y con múltiples puntos de vista, la alternativa propuesta por David Maeztu o las consideraciones de Roberto Yanguas parecen haber sido hasta ahora las más lógicas, porque ambos atribuyen la potestad de cerrar una web únicamente a un juez o abogan por la no penalización al usuario, entre otras cuestiones. También es interesante la opinión a este respecto de Javier Prenafeta.

Conclusiones

A estas alturas ya es complicado no ver que los cambios que los avances tecnológicos, su abaratamiento y la expansión de internet han provocado en los últimos veinte años no tienen marcha atrás. Estamos ante un momento histórico “bisagra” y nos ha tocado gestionar este cambio. Porque ya es evidente que ciertos modelos productivos no son sostenibles ni justos en su concepción y si tenemos la oportunidad de cambiarlos por otros más éticos y sostenibles no podemos evitar esa responsabilidad.

En este marco, es innegable que la industria musical ha quedado obsoleta, probablemente en gran parte debido a las prácticas abusivas que han impuesto durante muchos años. También es cierto que ni siquiera estuvieron alerta cuando empezaron los cambios que nos han traído esta situación. En este sentido, son el ejemplo perfecto de un modelo económico que enaltece y premia la codicia, dejando de lado cualquier otro valor que no sea el meramente económico. Curiosamente, las mayores beneficiarias del intercambio de archivos –las operadoras de internet- también están en ese mismo modelo. La diferencia es que éstas no tienen miedo al cambio porque proveen de la herramienta principal. Y es que el miedo del que hablaba Amador Fdez-Savater al contarnos su cena con la ministra y otras personalidades de la industria cultural española parece ser el motor que mueve a la industria y los gobiernos.

Pero el miedo no es nuevo. En 1980 la Industria Fonográfica Británica (BPI) aseguró que grabar las canciones de la radio en un cassette destruiría a la industria de la música y ya en aquellos años 80 hubo artistas que se rebelaron contra esa falacia. Y es que además, en muchos casos las mismas compañías que participaban de pastel más grande de la venta de discos también fabricaban los soportes que facilitaban la grabación y el intercambio de la misma. Treinta años después, el enemigo ha sido cambiado por el CD, el pendrive, el P2P y, sobre todo, internet. Y la música sigue sin morir

Un caso curioso cuanto menos es el de Noruega, donde quienes más descargan son también quienes más compran. Este ejemplo es significativo de una parte importante de los consumidores de música, que descargan pero también compran formatos físicos. A este respecto, el aumento de las ventas de vinilo, a pesar de su elevado precio medio, es revelador de los hábitos de consumo del aficionado a la música. El consumidor quiere pagar, pero por un producto que le ofrezca algo que justifique el precio.

También habría que mencionar –porque sería pretencioso entrar de lleno- la diferencia entre artistas y géneros. Es el público en general de la música mayoritaria el que ha cambiado el formato físico por el mp3, porque suele ser un consumidor de modas. Pero el aficionado a géneros más minoritarios sigue comprando. Es decir, hoy en día es mucho más difícil que hace diez años que un solo artista venda 100.000 copias de un lanzamiento en España, pero sí existen muchos más que venden 5.000. Esto es sólo un ejemplo del abismo que separa a los directivos de los grandes sellos y el público. Porque si hay una cosa clara en el negocio de la música en los últimos diez años es que las discográficas no saben qué quiere la gente y por eso siguen invirtiendo millones en artistas que hoy en día sólo generan pérdidas y aparecen otros en sellos pequeños que acaban siendo “una sorpresa”.

La idea de que todo creador fundamenta su arte en la producción de otros artistas cada vez tiene más peso y hay voces que dicen que esas creaciones ya no pueden entenderse de forma individual, sino como una acumulación de conocimiento en las que no tienen cabida los procesos totalmente originales y genuinos. El artículo de Pedro G. Romero “Arqueología de La Macarena” explica bien esta idea.

Es necesario encontrar un nexo de unión entre los intereses de los autores y el público. Últimamente hemos visto algunas ideas, como Netflix, Semantic Copyright o Filmin, que pueden ser cuanto menos una guía para el complicado camino que aún nos queda por delante. Pero la ley Sinde no está desde luego ni cerca de ser parte de la solución. 

http://cultura-abierta.blogspot.com/2011/04/semana-10-propiedad-intelectual-y.html

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